Por cada una de las categorías aquí presentes; 2.000 € para «Sitio web» y 2.000€ para «Comercio Electrónico»
Estructura web mínima; página de inicio, presentación de la empresa, , formulario de contacto, datos de contacto, sitemap, banner de cookies, etc.
Alta de un nuevo dominio o traspaso del suyo propio en caso de querer que le llevemos el mantenimiento y las actualizaciones web.
Optimización de presencia en buscadores, análisis de palabras clave, jerarquización del contenido e indexación.
Plataforma de gestión web a través de la cual podrá ser independiente a la hora de modificar el contenido web, sin la necesidad de recurrir siempre al servicio de soporte.
Cumpliendo los criterios de conformidad de nivel AA de las «Pautas WCAG-2.1.»
Básico en internet con la información del negocio.
Alojamiento del sitio web desarrollado.
Adaptada a todo tipo de dispositivos.
Desde 1200€ hasta 12500€ dependiendo de la escalabilidad del proyecto.
Creación del E-Commerce incluyendo el alta del catálogo de productos mediante la importación de los mismos.
Integración y configuración de los métodos de envío tanto digitales cómo físicos de los productos y/o servicios comercializados a través de la tienda online.
Optimización de presencia en buscadores, análisis de palabras clave, jerarquización del contenido e indexación.
Plataforma de gestión web a través de la cual podrá ser independiente a la hora de modificar el contenido web, sin la necesidad de recurrir siempre al servicio de soporte.
Cumpliendo los criterios de conformidad de nivel AA de las «Pautas WCAG-2.1.»
Básico en internet con la información del negocio.
Configuración e integración de los métodos de pago.
Adaptada a todo tipo de dispositivos.
Desde 2200€ hasta 18500€ dependiendo de la escalabilidad del proyecto.
Requisitos para conseguir el bono digital
Cumplir con los límites financieros que definen las categorías de cada empresa. Así, en cada tipo de empresa se da una situación diferente:
Estar dado de alta y contar con la antigüedad mínima por convocatoria. Este punto está sujeto a la aprobación de las bases reguladoras. Tu empresa no debe estar en situación de crisis. Tampoco puedes tener una situación de recuperación pendiente en la Comisión Europea. No puedes superar el límite de ayudas de pequeña cuantía. Por último, debes tener en cuenta que tu empresa no incurra en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.